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Desde una concepción de la "pragmática" cuyo alcance filosófico aparece delineado desde el principio de la obra, la autora retoma el célebre planteamiento de Wittgenstein sobre el seguimiento de reglas, para precisar que no conduce ni al escepticismo ni a un mero convencionalismo y articular un espacio de objetividad constituido en torno a las ideas de trasfondo compartido, criterios incorporados y convenciones profundas.
El traslado de estas consideraciones al ámbito de las normas jurídicas redunda en la profundización de la noción de "convenciones interpretativas" en el refinamiento de la caracterización de los "casos fáciles", y en una reconsideración de la "discreción judicial" hartiana. Además, Scataglini presenta un análisis de cuestiones problemáticas como la textura abierta y la derrotabilidad de las normas jurídicas a la luz de su comprensión del planteamiento wittgensteiniano, resignificando, a su vez, la noción de subsunción: saber reconocer cuándo una instancia individual constituye un caso de una regla es una habilidad práctica que se adquiere mediante el entrenamiento.
Por último, la autora explora el inferencialismo de Robert Brandom, una teoría pragmática del significado que asume que toda regla presupone una normatividad implícita en prácticas, y su variante, el expresivismo lógico, que constituye una propuesta de reformulación del rol de la lógica, que Scataglini utiliza para esclarecer la discusión en torno a la importancia y al carácter monotónico de la lógica en el razonamiento jurídico.