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Ante la expansión del Derecho penal, con déficits de certeza y garantías, los autores de esta obra colectiva proponen introducir una mínima racionalidad, tanto en la elaboración de la dogmática jurídico-penal, como en su creación, aplicación e interpretación. Racionalidad que pasa por justificar las decisiones conforme a los principios constitucionales que limitan el ejercicio del ius puniendi. En esta línea se propone que el principio de distribución del castigo penal se legitime en cuanto «reflejo real y democrático» de los valores que sobre la justicia penal tiene la sociedad. Se subraya, además, la importancia de recuperar el prestigio del legislador a partir de un modelo racional de ley penal que tome como base los principios de legalidad y proporcionalidad. Se pone, así mismo, el acento en la necesaria legitimidad democrática de la ley, ya que en la actualidad se encuentra sujeta a la voluntad de organismos o instituciones que carecen de aquélla. En relación con la aplicación se formulan criterios que permitan, tanto a los Tribunales ordinarios como al Tribunal Constitucional, la crítica y el control de las leyes penales, destacándose la técnica de la ponderación judicial. En esta línea se incide en la influencia ejercida por el CEDH y la jurisprudencia del TEDH, en la interpretación del principio bis in idem, esencial en el derecho sancionatorio. También se examinan, desde una óptica constitucional, figuras centrales del sistema penal como la detención, la prescripción de la pena o los delitos de odio y discriminación que, de un tiempo a esta parte, han despertado un progresivo interés tanto en la doctrina como en la jurisprudencia.